miércoles 22 de mayo de 2013 - 13:47 horas
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Contenido de las actuaciones y proyectos subvencionables

1.       En el ámbito de la promoción del turismo y la mejora de los servicios turísticos en las zonas rurales de Andalucía, se podrá otorgar subvención a aquellas inversiones o actuaciones enmarcadas en alguna de las siguientes actuaciones:

1.1.   Impulso del sector turístico rural.

a.       Diversificación de la oferta turística mediante el fomento de nuevos modelos de turismo como el interior, gastronómico, cultural, medioambiental o de congresos entre otros.

b.      Potenciación de la calidad y de la excelencia turística impulsando el establecimiento de sistemas de control y reconocimiento.

c.       Reforma y modernización de balnearios y centros termales.

1.2.   Promoción, comercialización y mejora de la información.

a.       Planes y programas de dinamización turística.

b.      Edición de material promocional en distintos soportes, publicaciones, campañas de publicidad, congresos y jornadas directas e inversas, entre otras.

c.       Campañas internacionales de publicidad, marketing online, publicaciones y distribución de material promocional, participación de las empresas, especialmente de las PYMES del sector, en las Ferias profesionales y otras acciones de apoyo a la comercialización como jornadas profesionales o seminarios.

d.      Ayudas a Entidades Locales para la promoción turística, excluida las infraestructuras turísticas.

e.      Concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para promoción turística y mejora de los servicios turísticos.

1.3. Dotación y modernización de infraestructuras, equipamientos y servicios turísticos rurales

a.       Construcción y equipamiento de instalaciones deportivas. Para esta actuación no podrán ser destinatarios de las ayudas ni las Entidades Locales de Andalucía ni sus Organismos Autónomos.

b.      Embellecimiento y mejora de entornos turísticos siempre que no estén catalogados como Conjuntos Históricos.

c.       Instalación y mejora de la señalización turística.

d.      Equipamiento de playas.

e.      Acondicionamiento y mejora de paseos marítimos, excluido la iluminación y el ajardinamiento.

f.        Creación de ruta para su tránsito por medios no motorizados.

g.       Puesta en valor turístico de elementos patrimoniales, siempre que no tengan protección específica en el planeamiento urbanístico o no estén declarados bien de interés cultural.

h.      Soterramiento de cableado y cableado de iluminación de fachada.

i.         Creación de zonas verdes.

j.        Soterramiento de vías férreas y cableado en combinación con zonas ajardinadas y espacios públicos.

k.       Mejora del entorno natural y calidad medioambiental, a través de acciones de gestión de los recursos hídricos, incremento en la capacidad de gestión de los residuos, luchas contra la desertización y el cambio climático, rehabilitación del entorno físico en general, y de protección y preservación de la biodiversidad y de la Red Natura 2000.

2.       En el ámbito de conservación, difusión y puesta en valor del patrimonio cultural en las zonas rurales de Andalucia, tendrá la consideración de inversiones o actuaciones subvencionables enmarcadas en algunas de las siguientes actuaciones:

2.1. Protección, conservación, restauración, rehabilitación y puesta en valor del patrimonio cultural de las zonas rurales de Andalucia.

2.2.  Difusión, concienciación y acercamiento del patrimonio rural a la población.

 

Actualizado 13/04/2012

Financian

Unión Europea - FEOGA-O Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino Junta de Andalucía - Consejería de Agricultura y Pesca

Promueven

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